miércoles, 23 de abril de 2008

TRASVASES DE EMERGENCIA, SÍ




NO ENTIENDO LO QUE TIENE QUE VER ESTO CON MI PÁGINA.
¿ES QUE ADEMÁS DE ROBAR ME METE OTROS CONTENIDOS?
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Notas previas.

El trasvase se llama ahora.
CSDMDHCI, es decir:
Conexión de Sistemas Dentro de la Misma Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Internas".

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Brutthus entiende, también, por emergencia, la posibilidad de regar en zonas donde el riego es importante para España porque en la crisis que vivimos y las subidas desmesuradas de los precios de los alimentos de primera necesidad, la posibilidad de producir más sería como poder colaborar en la bajada de los precios de esos alimentos.
Y tampoco llevar el agua cuando los niveles no lo permitan, sino cuando sobre y se tira al mar.

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Darse cuenta que:

1º - Se tira al mar el agua de los ríos
2º - Luego se desala para utilizarla para el riego
3º - Se lanzan al mar salmueras - No ecológicas
4º - Se gasta electricidad para desalar - Gasto
5º - Se contamina con el uso de combustibles fósiles para producir energía
6º - Se conduce el agua desalada a los sitios donde se necesita
7º - ¿No es más inteligente llevarla donde se necesita directamente?
8º - ¿No es más económico?
9º - ¿O quieren hacerlo a su gusto aunque sea mal?
10º - ¿Para ganar votos?
11 - ¿O para algo peor?
12º - Para castigar a las comunidades que votan al PP?
13º - ¿Y no olvidemos el coste de las desalinizadoras?

El Gobierno rectifica y aprueba por ley los trasvases a cualquier zona en emergencia

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Juan Fernández Cuesta - ABC - MADRID - 23/4/2008
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El Gobierno aprobó ayer mediante real decreto-ley los trasvases a cualquier zona de España donde «se produzcan situaciones de emergencia similares» a las que se viven en el área metropolitana de Barcelona.


Así figura en la disposición adicional cuarta del real decreto-ley de medidas excepcionales y urgentes para garantizar el abastecimiento de poblaciones afectadas por la sequía en la provincia de Barcelona, que fue publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado.

En esta norma se permite la utilización de los volúmenes de agua del Ebro regulados por ley y destinados a Tarragona «para el abastecimiento de poblaciones en el ámbito territorial de la provincia de Barcelona».

La iniciativa es consecuencia del «establecimiento de medidas excepcionales y urgentes con la finalidad de garantizar el abastecimiento de poblaciones y, en particular, el abastecimiento domiciliario de agua apta para el consumo humano».

En el artículo 1 se indica también que «su ámbito de aplicación se extiende a los municipios afectados por la sequía en el ámbito territorial de la provincia de Barcelona».

«Otros ámbitos territoriales».

Esas medidas excepcionales y urgentes vuelven a tener su razón de ser en la disposición adicional cuarta, y ya no sólo con respecto al ámbito territorial de la provincia de Barcelona, sino que van más allá:

«El Gobierno adoptará análogas medidas cuando sean necesarias para garantizar el abastecimiento de poblaciones de otros ámbitos territoriales cuando, por circunstancias excepcionales de sequía extrema, se produzcan situaciones de emergencia similares a las que han motivado la aprobación de este real decreto-ley».

Ello supone que se acaba de hecho con el blindaje del Ebro, pues a situaciones extremas en zonas próximas, como puede ser la Comunidad Valenciana, será una opción a tener en cuenta.

Hasta ahora, el Gobierno ha mantenido que el trasvase a Barcelona tendrá un impacto nulo en las aguas que circulan por el Ebro. En el futuro, la puerta queda abierta con esta medida.

En el texto se hace hincapié en el previsible déficit hídrico, a partir de octubre de 3,9 hectómetros cúbicos al mes, que podrá ser cubierto con la entrada en funcionamiento de la desalinizadora del área metropolitana de Barcelona:

«Este déficit podrá ser cubierto cuando entre en funcionamiento la planta desalinizadora de El Prat (Barcelona), prevista para junio de 2009, que va a aportar 5 hm3/mes.

Se trata por tanto de evitar, durante un período de nueve meses en la hipótesis más desfavorable, restricciones en la disponibilidad de agua para consumo humano que afectarían a los cinco millones de habitantes abastecidos por el Sistema Ter-Llobregat».

Sin embargo, y siempre según los documentos oficiales tanto de la Generalitat de Cataluña como del Gobierno, esa apariencia de medida transitoria (nueve meses) para este trasvase del Ebro al área metropolitana de Barcelona, puede prolongarse.

El real decreto-ley, que ayer entró en vigor, mantendrá su vigencia hasta «la superación de las circunstancias de extraordinaria necesidad», que lo han motivado (el agua embalsada en las cuencas internas de Cataluña se encuentra en las últimas semanas entre el 20 y el 22 por ciento).

O hasta que transcurran «treinta días desde la entrada en pleno funcionamiento de la planta desalinizadora del área metropolitana de Barcelona».

En el primer caso, la situación puede repetirse en los próximos años, y en el segundo, las fechas de puesta en servicio difieren según las fuentes y no es lo mismo su puesta en servicio que el pleno funcionamiento.

Abril, mayo, junio...

De palabra, en el último mes se ha hablado de abril, de mayo y de junio del próximo año.

Lo último que se le escuchó al consejero de Medio Ambiente de la Generalitat fue junio de 2009. Esta fecha es la que se utiliza en este real decreto-ley para dar validez a la tesis de la Administración catalana.En concreto, la información que facilitó ayer a ABC la Agencia Catalana del Agua es que «las obras de la desalinizadora del Prat de Llobregat empezaron a finales de mayo de 2007 y disponen de un plazo de ejecución de dos años.

Está previsto que una vez finalicen las obras (segundo trimestre de 2009), la planta entre en funcionamiento al cien por cien».
Sin embargo, el plazo de ejecución de la obra, según el anuncio de licitación, es de «53 meses: cinco para la redacción del proyecto, 24 para la construcción de la desaladora y 24 para pruebas de operación».

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