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Cortoletraje
Introito
http://www.libertaddigital.com/sociedad/el-congreso-legaliza-el-uso-de-anti-radares-1276361905/
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Tampoco conllevará pérdida de puntos el exceso de velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.
Con el nuevo texto tampoco estará prohibido utilizar avisadores, aunque sí será sancionable colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.
Además, sólo se podrá pasar la ITV a un vehículo si se está al corriente de pago del seguro obligatorio. De este modo, a la entrada en vigor de la ley, las estaciones de ITV pedirán la acreditación del seguro obligatorio en cada inspección. Durante la tramitación de la ley ya se habían introducido otras modificaciones al proyecto presentado inicialmente por el Gobierno.
Entre ellas, la que acaba con la obligación de llevar en el coche toda la documentación, ya que deberá ser la Administración la que compruebe que el vehículo cuenta con todos los permisos. La obligación del conductor se limitará a tener todos los documentos exigidos por la Ley en regla y vigentes, pero no a llevarlos físicamente en el vehículo.
En el procedimiento sancionador, se aumenta el descuento por "pronto-pago", que pasa a ser de hasta el 50 por ciento del importe de la multa que, además, podrá pagarse en el mismo momento de la denuncia y con tarjeta de crédito, acabando con un proceso farragoso para el ciudadano.
La nueva Ley de Seguridad Vial, que se debatirá la semana que viene en el pleno del Congreso, obligará además al Gobierno a destinar todo lo recaudado por multas a políticas de seguridad vial, como supresión de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos.
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