jueves, 27 de octubre de 2011

PROYECTO DE DECLARACIÓN DE LA CUMBRE DEL EURO


Bruselas, 26 de octubre de 2011

PROYECTO DE DECLARACIÓN DE LA CUMBRE DEL EURO

A lo largo de los tres últimos años, hemos venido tomando medidas sin precedentes para

1.

paliar los efectos de la crisis financiera mundial, tanto en la propia Unión Europea como en la

zona del euro. La estrategia que hemos puesto en marcha incluye esfuerzos decididos para

garantizar el saneamiento presupuestario, el apoyo a países con dificultades y el refuerzo del

gobierno de la zona del euro con miras a una mayor integración entre nosotros y a un

ambicioso programa de crecimiento. En nuestra sesión del 21 de julio adoptamos varias

decisiones de gran importancia. La ratificación por parte de los 17 Estados miembros de la

zona del euro de las medidas relativas a la FEEF aumenta considerablemente nuestra

capacidad de reacción ante la crisis. El acuerdo alcanzado por las tres instituciones en torno a

un consistente conjunto de medidas legislativas en el marco de las estructuras de la UE sobre

la mejora del gobierno económico representa otro logro fundamental. La instauración del

Semestre Europeo ha cambiado radicalmente el modo en que se coordinan nuestras políticas

presupuestaria y económica a escala europea, al realizarse ahora la coordinación a escala de

la UE antes de que se adopten las decisiones nacionales. Los fundamentos del euro siguen

siendo sólidos.

Es necesario seguir actuando para restablecer la confianza. Por ello, hoy acordamos un

2.

conjunto global de medidas adicionales que reflejan nuestra firme determinación de hacer

todo lo necesario para superar las dificultades actuales y de dar los pasos necesarios para

completar nuestra unión económica y monetaria. Respaldamos plenamente al BCE en su

actuación para mantener la estabilidad de los precios en la zona del euro.

Finanzas públicas sostenibles y reformas estructurales para fomentar el crecimiento

3.

La Unión Europea debe mejorar sus perspectivas de crecimiento y empleo, tal como se resaltó

en el programa de crecimiento aprobado por el Consejo Europeo el 23 de octubre de 2011.

Reiteramos nuestro firme compromiso de aplicar las recomendaciones específicas formuladas

para cada país en el marco del primer Semestre Europeo, y el de centrar el gasto público en

sectores que generen crecimiento.

DQPG

1

ES

4.

Todos los Estados miembros de la zona del euro están firmemente decididos a mantener sus

políticas de saneamiento presupuestario y reformas estructurales. Será necesario realizar un

especial esfuerzo en aquellos Estados miembros que están soportando tensiones en los

mercados de deuda soberana.

Acogemos con satisfacción las importantes medidas adoptadas por España para reducir su

5.

déficit presupuestario, reestructurar el sector bancario y reformar los mercados de trabajo y de

productos, así como la adopción de una modificación constitucional sobre equilibrio

presupuestario. Es esencial aplicar rigurosamente el ajuste presupuestario tal como fue

previsto, incluso a escala regional, para cumplir los compromisos del Pacto de Estabilidad y

Crecimiento y reforzar el marco presupuestario mediante el desarrollo de una normativa de

rango inferior que haga que las enmiendas constitucionales sean plenamente operativas. Es

necesario tomar más medidas para aumentar el crecimiento y reducir una tasa de desempleo

inaceptablemente alta. Estas medidas deberán incluir mayores cambios del mercado laboral

para aumentar la flexibilidad a nivel de empresas y la capacidad de inserción profesional de la

población activa, y otras reformas para mejorar la competitividad, en particular ampliando las

reformas en el sector de los servicios.

6.

Celebramos los planes de Italia de reformas estructurales que fomenten el crecimiento y su

estrategia de saneamiento presupuestario, presentados en la carta enviada a los Presidentes del

Consejo Europeo y la Comisión, y pedimos a Italia que presente urgentemente un calendario

ambicioso para la ejecución de las mismas. Encomiamos el compromiso de Italia de equilibrar

su presupuesto para 2013 y de conseguir un superávit presupuestario estructural en 2014 que

genere una reducción de la deuda bruta de las Administraciones Públicas hasta el 113 % del

PIB en 2014, así como su intención de introducir una disposición sobre equilibrio

presupuestario en la Constitución para mediados de 2012.

Italia aplicará las reformas estructurales propuestas para conseguir una mayor competitividad

suprimiendo trámites burocráticos excesivos, las tarifas mínimas de los servicios

profesionales y liberalizando en mayor medida los servicios y recursos públicos locales.

Tomamos nota del compromiso de Italia de reformar para finales de 2011 la legislación

laboral, en particular la normativa y los procedimientos en materia de despido, y de revisar el

sistema de prestaciones de desempleo, actualmente fragmentado, teniendo en cuenta las

limitaciones presupuestarias. Tomamos nota del plan para aumentar la edad de la jubilación

a 67 años para 2026 y recomendamos que se defina antes de final del año el proceso mediante

el cual se alcanzará este objetivo.

DQPG

2

ES

Apoyamos la intención de Italia de revisar los programas de fondos estructurales

reconsiderando la prioridad de los proyectos y centrándose en la educación, el empleo, los

proyectos digitales y los ferrocarriles y redes con el fin de mejorar las condiciones para

impulsar el crecimiento y hacer frente a la brecha regional.

Invitamos a la Comisión a que prepare una valoración detallada de estas medidas y supervise

su aplicación, y a las autoridades italianas a que faciliten a su debido tiempo toda la

información necesaria para realizar dicha valoración.

Países con programas de ajuste

7.

Reiteramos nuestra determinación de seguir prestando apoyo a todos los países con programas

hasta que recuperen el acceso al mercado, siempre y cuando los apliquen rigurosamente.

En lo que se refiere a los países con programas, estamos satisfechos por los avances

8.

realizados por Irlanda para ejecutar plenamente su programa de ajuste, que está dando

resultados positivos. Portugal también está avanzando satisfactoriamente con su programa y

está resuelto a seguir adoptando medidas para cimentar la sostenibilidad presupuestaria y

mejorar la competitividad. Invitamos a ambos países a que mantengan sus esfuerzos, no se

aparten de los objetivos convenidos y permanezcan dispuestos a tomar toda medida adicional

que resulte necesaria para alcanzar dichos objetivos.

Nos congratulamos de la decisión del Eurogrupo sobre el desembolso del sexto tramo del

9.

programa de apoyo de la UE y el FMI a Grecia. Confiamos en que se ultimará un nuevo

programa plurianual UE-FMI creíble y sostenible para final de año.

DQPG

3

ES

10.

Deberán reforzarse los mecanismos de supervisión de la ejecución del programa griego,

conforme a la petición del Gobierno griego. El programa está en manos de Grecia, y su

aplicación es responsabilidad de las autoridades griegas. En el contexto del nuevo programa,

la Comisión, en colaboración con los otros componentes de la Troika, creará una capacidad de

supervisión sobre el terreno que cubra la duración del programa, entre otros medios con la

participación de expertos nacionales, para trabajar en estrecha y continua cooperación con el

Gobierno griego y la Troika, a fin de asesorar y ofrecer asistencia para garantizar la aplicación

puntual y plena de las reformas. Asistirá asimismo a la Troika para evaluar si las medidas que

adoptará el Gobierno griego se ajustan a los compromisos previstos en el programa. Esta

nueva función se plasmará en el Memorando de Entendimiento. Para facilitar el uso eficaz de

los cuantiosos créditos oficiales encaminados a recapitalizar los bancos griegos, se hará una

gestión más rigurosa del Fondo griego de estabilidad financiera (HFSF) con el acuerdo del

Gobierno griego y de la Troika.

11.

Apoyamos plenamente al Grupo especial de asistencia técnica creado por la Comisión.

12.

La participación del sector privado desempeña una función crucial para establecer la

sostenibilidad de la deuda griega. Por ello, celebramos las conversaciones que está

manteniendo Grecia con sus inversores privados con vistas a hallar una solución para una

mayor participación de estos. Junto con un ambicioso programa de reformas para la economía

griega, la participación del sector privado deberá garantizar la disminución de la tasa de

endeudamiento griega con objeto de alcanzar un 120 % para 2020. Con este fin, invitamos a

Grecia, a los inversores privados y a todos los interesados a que pongan en marcha un

intercambio voluntario de bonos y obligaciones con una quita nominal del 50 % de la deuda

virtual en manos de inversores privados. Los Estados miembros de la zona del euro

contribuirán al conjunto de medidas relativas a la participación del sector privado con un

importe de hasta 30.000 millones de euros. En vista de lo anterior, el sector público está

dispuesto a dotar de una financiación complementaria el programa, por hasta 100.000

millones de euros de aquí a 2014, que incluirá la necesaria recapitalización de los bancos

griegos. El nuevo programa deberá adoptarse antes del final de 2011, y el intercambio de

bonos y obligaciones deberá efectuarse a principios de 2012. Instamos al FMI a que siga

contribuyendo a la financiación del nuevo programa griego.

DQPG

4

ES

13.

Grecia destinará futuros flujos de tesorería procedentes del proyecto Helios u otros ingresos

obtenidos de las privatizaciones que rebasen los ya incluidos en el programa de ajuste a seguir

reduciendo el endeudamiento de la República Helénica hasta en 15.000 millones de euros con

objeto de restablecer la capacidad de préstamo de la FEEF.

Se facilitará mejora crediticia para sustentar la calidad de los activos de garantía, de forma

14.

que pueda usarse constantemente para que los bancos griegos tengan acceso a las operaciones

de liquidez del Eurosistema.

15.

Por lo que atañe a nuestro enfoque general sobre la participación del sector privado en la zona

del euro, reiteramos la decisión que adoptamos el 21 de julio de 2011, en el sentido de que

Grecia requiere una solución excepcional y única.

16.

Todos los demás Estados miembros de la zona del euro reiteran solemnemente su inflexible

determinación de hacer plenamente honor a su propia firma soberana y a todos los

compromisos que han adquirido respecto de la creación de condiciones presupuestarias

sostenibles y la adopción de reformas estructurales. Los Jefes de Estado o de Gobierno de la

zona del euro respaldan plenamente esta determinación, ya que la credibilidad de todas sus

firmas soberanas constituye un elemento decisivo para garantizar la estabilidad financiera de

la zona del euro en su conjunto.

Mecanismos de estabilización

17.

El proceso de ratificación de la FEEF revisada ha concluido ya en todos los Estados miembros

de la zona del euro, y el Eurogrupo ha aprobado las directrices de ejecución sobre

intervenciones en el mercado primario y secundario, disposiciones prudenciales y

recapitalización bancaria. Las decisiones que tomamos en relación con la FEEF el 21 de julio

son, por tanto, plenamente operativas. Se utilizarán con eficacia todos los instrumentos

disponibles para garantizar la estabilidad financiera de la zona del euro. Tal y como se señala

en las directrices de ejecución, se aplicará una estricta condicionalidad en caso de nuevos

programas (prudenciales) conforme a las prácticas del FMI. La Comisión llevará a cabo un

mayor supervisión de los Estados miembros afectados e informará periódicamente al

Eurogrupo.

DQPG

5

ES

Convenimos en que la capacidad de la FEEF ampliada se utilizará con miras a aprovechar al

18.

máximo los recursos disponibles, en el siguiente marco:





El objetivo es apoyar el acceso al mercado de los Estados miembros de la zona del euro

que afronten presiones de los mercados, y asegurar el buen funcionamiento del mercado

de deuda soberana de la zona del euro, preservando al mismo tiempo plenamente la

elevada capacidad crediticia de la FEEF. Estas medidas son necesarias para garantizar la

estabilidad financiera y crear una protección suficiente para evitar efectos de arrastre.

Esto se hará sin ampliar las garantías que sustentan la Facilidad y respetando las normas

del Tratado y los términos del actual Acuerdo Marco, actuando en el contexto de los

instrumentos acordados y con la condicionalidad y la vigilancia adecuadas.

Convenimos en dos opciones básicas para el apalancamiento de los recursos de la FEEF:

19.





Proporcionar mejora crediticia a la deuda nueva emitida por los Estados miembros

reduciendo así los costes de financiación. Se ofrecería a los inversores privados adquirir

este seguro de riesgo como opción cuando compren obligaciones en el mercado

primario.

Aprovechar al máximo los mecanismos de financiación de la FEEF con una

combinación de recursos procedentes de entidades financieras e inversores, privados y

públicos, que se pueden instrumentar por medio de entidades con fines especiales. Esto

ampliará la cantidad de recursos disponibles para conceder préstamos, para proceder a

la recapitalización bancaria y para comprar obligaciones en los mercados primario y

secundario.

20.

La FEEF tendrá flexibilidad para utilizar estas dos opciones simultáneamente, en función del

objetivo específico que se persiga y de las circunstancias del mercado. El efecto de

apalancamiento de cada una de las opciones variará, dependiendo de sus características

específicas y de las condiciones del mercado, pero podría llegar a cuatro o cinco.

DQPG

6

ES

21.

Instamos al Eurogrupo a que ultime las condiciones de aplicación de estas disposiciones en

noviembre, en forma de directrices y de conformidad con el proyecto de condiciones

elaborado por la FEEF.

22.

Además, podrán reforzarse más los recursos de la FEEF cooperando más estrechamente aún

con el FMI. El Eurogrupo, la Comisión y la FEEF estudiarán todas las opciones posibles.

Sistema bancario

23.

Acogemos favorablemente el acuerdo alcanzado hoy por los miembros del Consejo Europeo

sobre recapitalización y financiación bancarias (véase el Anexo 2).

Coordinación y supervisión económica y presupuestaria

El conjunto de medidas legislativas sobre el gobierno económico refuerza la coordinación y

24.

supervisión de las políticas económica y presupuestaria. Tras su entrada en vigor, en

enero de 2012, se ejecutará de forma estricta como parte del Semestre Europeo. Instamos a la

Comisión y al Consejo a ejercer una vigilancia rigurosa, incluso mediante la presión de los

homólogos, y a hacer uso activo de los instrumentos disponibles, tanto nuevos como ya

existentes. También recordamos nuestros compromisos adquiridos en el marco del Pacto por el

Euro Plus.

25.

El formar parte de una unión monetaria tiene repercusiones de muy amplio alcance e implica una

coordinación y una supervisión mucho más estrechas para garantizar la estabilidad y la

sostenibilidad de toda la zona. La crisis actual pone de manifiesto la necesidad de abordar esta

situación con mucha mayor eficacia. Por tanto, a la vez que reforzamos nuestros instrumentos para

luchar contra la crisis en la zona del euro, seguiremos avanzando en la integración de las políticas

económicas y presupuestarias mediante el refuerzo de la coordinación, la supervisión y la disciplina.

Desarrollaremos las políticas necesarias para apoyar el funcionamiento de la zona de la moneda

única.

DQPG

7

ES

Más específicamente, y sobre la base del conjunto de medidas legislativas que acaba de

26.

adoptarse, el Semestre Europeo y el Pacto por el Euro Plus, nos comprometemos a aplicar las

siguientes medidas adicionales en el plano nacional:

a)

Adoptar en cada Estado miembro de la zona del euro unas normas de equilibrio

presupuestario en términos estructurales que plasmen el Pacto de Estabilidad y

Crecimiento en la legislación nacional, preferiblemente de rango constitucional o

equivalente, antes de finales de 2012.

b)

Reforzar los marcos presupuestarios nacionales más allá de la Directiva sobre los

requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros. En

particular, los presupuestos nacionales deben basarse en previsiones de crecimiento

independientes;

c)

Invitar a los parlamentos nacionales a que tengan en cuenta las recomendaciones

adoptadas en el plano de la UE sobre la ejecución de las políticas económicas y

presupuestarias.

d)

Consultar a la Comisión y a otros Estados miembros de la zona del euro antes de

adoptar cualquier plan importante de reforma de las políticas presupuestarias o

económicas que pudiera tener un efecto de arrastre, para darles la posibilidad de evaluar

el posible impacto en toda la zona del euro.

e)

Comprometernos a seguir las recomendaciones de la Comisión y del Comisario

competente sobre la aplicación del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

27.

También acordamos que se garantice una supervisión más estricta y un mayor grado de

aplicación, con arreglo a las siguientes pautas:

a)

En relación con los Estados miembros de la zona del euro que sean objeto de

procedimientos de déficit excesivo, la Comisión y el Consejo tendrán la facultad de

estudiar los proyectos de presupuesto nacionales y de pronunciarse al respecto antes de

su adopción por los parlamentos nacionales correspondientes. Además, la Comisión

supervisará la ejecución presupuestaria y, en caso necesario, sugerirá modificaciones a

lo largo del año.

DQPG

8

ES

b)

En caso de desviaciones de un programa de ajuste, se realizarán una supervisión y una

coordinación más estrictas de la ejecución del programa.

28.

Esperamos con interés la propuesta que presentará próximamente la Comisión al Consejo y al

Parlamento Europeo sobre una supervisión más estricta en virtud del artículo 136 del Tratado

FUE. En ese contexto, acogemos con agrado la intención de la Comisión de reforzar, en su

propio seno, la función del Comisario competente, con el fin de lograr una supervisión más

estricta y un mayor grado de aplicación.

Seguiremos reforzando el pilar económico de la Unión Económica y Monetaria y coordinando

29.

mejor las políticas macro y microeconómicas. Basándonos en el Pacto por el Euro Plus,

mejoraremos la competitividad y lograremos una mayor convergencia de las políticas

destinadas a promover el crecimiento y el empleo. Una coordinación pragmática de las

políticas tributarias en la zona del euro constituye un elemento necesario para una mayor

coordinación de las políticas económicas destinada a respaldar el saneamiento presupuestario

y el crecimiento económico. Está en curso la labor legislativa sobre las propuestas de la

Comisión relativas a la base tributaria consolidada común del impuesto de sociedades y a un

impuesto sobre las transacciones financieras.

Estructura de gobierno de la zona del euro

30.

Para hacer frente con mayor eficacia a los retos que se nos plantean y garantizar una

integración más estrecha, se reforzará la estructura de gobierno de la zona del euro,

preservando al mismo tiempo la integridad de la Unión Europea en su conjunto.

31.

Para ello nos reuniremos periódicamente –al menos dos veces al año– en nuestro nivel, en

Cumbres del Euro, para formular directrices estratégicas sobre las políticas económicas y

presupuestarias de la zona del euro, lo que permitirá tener en cuenta en mayor medida la

dimensión de la zona del euro en nuestras políticas nacionales.

32.

El Eurogrupo, junto con la Comisión y el BCE, seguirá constituyendo el núcleo de la gestión

cotidiana de la zona del euro. Desempeñará un papel central en la aplicación del Semestre

Europeo por parte de los Estados miembros de la zona del euro y contará con una estructura

preparatoria más sólida.

DQPG

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ES

33.

En el anexo 1 del presente documento se presentan disposiciones más detalladas.

Mayor integración

El euro constituye el núcleo de nuestro proyecto europeo. Vamos a reforzar la unión

34.

económica para adecuarla a la unión monetaria.

35.

Pedimos al Presidente del Consejo Europeo que, en estrecha cooperación con el Presidente de

la Comisión y el Presidente del Eurogrupo, defina las posibles vías para lograr este objetivo.

El objetivo consistirá en seguir reforzando la convergencia económica en la zona del euro,

mejorar la disciplina presupuestaria y profundizar en la unión económica, lo que incluye

estudiar la posibilidad de introducir cambios limitados en los Tratados. En diciembre de 2011

se presentará un informe provisional para convenir en las primeras directrices, el cual incluirá

un programa de trabajo sobre la manera de proceder respetando plenamente las prerrogativas

de las instituciones. Para marzo de 2012 se ultimará un informe sobre la manera de ejecutar

las medidas acordadas.

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DQPG

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Anexo 1

Diez medidas para mejorar el gobierno de la zona del euro

Es necesario reforzar la coordinación y la supervisión de la política económica en la zona del euro,

con el objetivo de hacer más eficaz el proceso de adopción de decisiones y más coherente la

comunicación. Para ello, se adoptarán las siguientes diez medidas, respetando plenamente la

integridad de la UE en su conjunto:

1.

Habrá reuniones periódicas de la Cumbre del Euro, que reunirán a los Jefes de Estado o de

Gobierno de la zona del euro y al Presidente de la Comisión. Estas reuniones se celebrarán

como mínimo dos veces al año, en momentos clave del ciclo anual de gobierno económico, y

se desarrollarán si es posible tras las sesiones del Consejo Europeo. El Presidente de la

Cumbre del Euro podrá convocar sesiones suplementarias en caso necesario. En las Cumbres

del Euro se definirán directrices estratégicas para la ejecución de las políticas económicas y

para lograr una mayor competitividad y convergencia en la zona del euro. El Presidente de la

Cumbre del Euro se ocupará de su preparación, en estrecha cooperación con el Presidente de

la Comisión.

2.

El Presidente de la Cumbre del Euro será designado por los Jefes de Estado o de Gobierno de

la zona del euro cuando el Consejo Europeo elija a su Presidente y por el mismo mandato. A

la espera del próximo nombramiento de este tipo, presidirá las reuniones de la Cumbre del

Euro el actual Presidente del Consejo Europeo.

El Presidente de la Cumbre del Euro mantendrá puntualmente informados a los Estados

3.

miembros no pertenecientes a la zona del euro de la preparación y los resultados de las

Cumbres. También informará al Parlamento Europeo de los resultados de las mismas.

SN 3993/3/11 REV 3
ANEXO 1

MVB,IFC,DP/caf,emv

DQPG

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ES

4.

Como ocurre en la actualidad, el Eurogrupo garantizará una coordinación cada vez más

estrecha de las políticas económicas y el fomento de la estabilidad financiera. En el respeto de

las competencias correspondientes de las instituciones de la UE, el Eurogrupo promoverá el

refuerzo de la supervisión de las políticas económicas y presupuestarias de los Estados

miembros en la medida en que afecten a la zona del euro. También preparará las sesiones de

la Cumbre del Euro y se ocupará de las acciones consecutivas.

5.

El Presidente del Eurogrupo será elegido con arreglo al Protocolo n.° 14 anejo a los Tratados.

Cuando concluya el mandato del Presidente actual se decidirá si el Presidente debe elegirse

entre los miembros del Eurogrupo o si debe ser un presidente permanente con destino en

Bruselas. Se consultará al Presidente de la Cumbre del Euro sobre el programa de trabajo del

Eurogrupo y él podrá invitar al Presidente del Eurogrupo a que convoque una sesión del

Eurogrupo, para preparar Cumbres del Euro o llevar a la práctica sus orientaciones. Se

establecerán canales claros de responsabilidad e información entre la Cumbre del Euro, el

Eurogrupo y los órganos preparatorios.

6.

El Presidente de la Cumbre del Euro, el Presidente de la Comisión y el Presidente del

Eurogrupo se reunirán periódicamente, al menos una vez al mes. Podrá invitarse al Presidente

del BCE a estas reuniones. Los presidentes de las agencias de supervisión y el Consejero

Delegado de la FEEF/ Director Ejecutivo del MEDE podrán ser invitados cuando proceda.

7.

El Grupo "Eurogrupo" seguirá ocupándose de los trabajos preparatorios, basándose en los

conocimientos especializados aportados por la Comisión. El Grupo "Eurogrupo" también

preparará las reuniones del Eurogrupo. Contará con el apoyo de un subgrupo más permanente

formado por delegados o funcionarios que representen a los Ministros de Hacienda, el cual se

reunirá con más frecuencia y trabajará bajo la autoridad del Presidente del Grupo

"Eurogrupo".

El Grupo "Eurogrupo" tendrá un presidente permanente con destino en Bruselas. En principio,

8.

será elegido al mismo tiempo que el presidente del Comité Económico y Financiero.

SN 3993/3/11 REV 3
ANEXO 1

MVB,IFC,DP/caf,emv

DQPG

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ES

9.

Se reforzarán las estructuras administrativas existentes (por ejemplo, la Secretaría General del

Consejo y la Secretaría del Comité Económico y Financiero) que cooperarán de una manera

bien coordinada para facilitar el apoyo adecuado al Presidente de la Cumbre del Euro y al

Presidente del Eurogrupo, bajo la supervisión del Presidente del Comité Económico y

Financiero/ Grupo "Eurogrupo". En caso necesario, se recurrirá a especialistas externos según

convenga.

Se establecerán normas y mecanismos claros para mejorar la comunicación y garantizar una

10.

mayor coherencia de los mensajes. El Presidente de la Cumbre del Euro y el Presidente del

Eurogrupo tendrán una responsabilidad especial a este respecto. El Presidente de la Cumbre

del Euro junto con el Presidente de la Comisión serán responsables de la comunicación de las

decisiones de la Cumbre del Euro, y el Presidente del Eurogrupo junto con el Comisario de

Asuntos Económicos y Monetarios serán responsables de la comunicación de las decisiones

del Eurogrupo.

________________________

SN 3993/3/11 REV 3
ANEXO 1

MVB,IFC,DP/caf,emv

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Anexo 2

Consenso sobre el paquete bancario

1.

Es preciso adoptar medidas urgentes para restablecer la confianza en el sector bancario

(paquete bancario), que son necesarias en el contexto de la intensificación del control

prudencial del sector bancario de la UE. Dichas medidas deben responder:

a)

A la necesidad de asegurar la financiación a medio plazo de los bancos, a fin de evitar

una restricción del crédito y salvaguardar el flujo del crédito hacia la economía real, así

como la necesidad de coordinar medidas con este fin.

b)

A la necesidad de aumentar la calidad y la cantidad del capital de los bancos para

resistir a las sacudidas y demostrar esa mejora de un modo fiable y armonizado.

Financiación a plazo

2.

Se requerirían garantías sobre los pasivos bancarios antes de prestar un apoyo más directo a

los bancos para que accedan, si procede, a una financiación a plazo (dado que pueden recurrir

a la financiación a corto plazo del BCE y de los correspondientes bancos centrales

nacionales). Esto también constituye una parte esencial de la estrategia destinada a limitar las

acciones de desapalancamiento.

3.

Pudiera ser que una simple repetición de la experiencia de 2008, con plena discrecionalidad

en el plano nacional para la implantación de planes de liquidez, no aportara la solución

adecuada, en vista de las condiciones actuales de los mercados. Se precisa, por lo tanto, un

planteamiento verdaderamente coordinado en el plano de la UE en lo referente a criterios de

acceso, fijación de precio y condiciones. La Comisión debería examinar urgentemente, junto

con la Autoridad Bancaria Europea, el Banco Europeo de Inversiones y el Banco Central

Europeo, las opciones que permitan alcanzar este objetivo, e informar al respecto al Comité

Económico y Financiero.

SN 3993/3/11 REV 3
ANEXO 2

MVB,IFC,DP/caf,emv

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Capitalización de los bancos

Objetivo de capital propio: Existe un amplio acuerdo en que debe exigirse un coeficiente de

4.

capital muy superior, equivalente al 9 % del capital de la máxima calidad, una vez

contabilizada la valoración de mercado de las exposiciones a la deuda soberana, ambos

factores a 30 de septiembre de 2011, a fin de crear una protección temporal, justificada por las

circunstancias de excepción. Este objetivo de capital propio tendrá que haberse alcanzado a

más tardar el 30 de junio de 2012, sobre la base de los planes acordados con los organismos

nacionales de supervisión y coordinados por la Autoridad Bancaria Europea (ABE). Esta

valoración prudente no afectaría a las normas sobre información financiera aplicables. Las

autoridades de supervisión nacionales deben asegurarse, bajo la orientación de la ABE, de que

los planes de los bancos en materia de recapitalización no den lugar a un desapalancamiento

excesivo, y de que se mantenga el flujo de crédito a la economía real y se tengan en cuenta los

niveles actuales de exposición de cada grupo, incluidas sus filiales, en todos los Estados

miembros, dada la necesidad de evitar una presión excesiva en la distribución del crédito en

los países de establecimiento y en los mercados de títulos de deuda soberana.

Financiación del incremento de capital propio: Los bancos deben recurrir en primer lugar a

5.

fuentes privadas de capital, incluida la reestructuración y la conversión de la deuda en títulos

de capital. Los bancos deben quedar sujetos a restricciones en lo que respecta al reparto de

dividendos y al pago de bonificaciones hasta que se haya alcanzado el objetivo fijado. Los

gobiernos nacionales deben prestar apoyo en caso necesario y, de faltar este apoyo, la

recapitalización debe financiarse mediante un préstamo de la Facilidad Europea de

Estabilización Financiera (FEEF) en el caso de los países de la zona del euro.

Ayudas públicas

Toda forma de ayuda pública, ya sea a escala nacional o de la UE, quedará sujeta a la

6.

condicionalidad del actual marco especial de ayudas públicas en situación de crisis, que según

ha indicado la Comisión se aplicará con la necesaria proporcionalidad en vista del carácter

sistémico de la crisis.

SN 3993/3/11 REV 3
ANEXO 2

MVB,IFC,DP/caf,emv

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