jueves, 15 de julio de 2010

ANDALUCIA, LA PATRIA DE AÍDO NO LE HACE NI PUTO CASO

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El machismo no cesa en Andalucía: en 2009, un 24% más de procedimientos que en 2008

El número de procedimientos abiertos
por delitos de violencia machista
en Andalucía en 2009 fue de 38.227,
lo que supone un 24,49%
más que en el año anterior.

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punt dijo el día 14 de Julio de 2010 a las 13:04:17:

Yo corregiría el titular. A la vista de las estadísticas que se muestran, mejor titularía la noticia con un "El feminismo no cesa en Andalucía".

Este abyecto artículo se regodea en el lodazal del feminismo más radical, de lo que da buena cuenta la cantidad de malas artes puestas en práctica para su redacción, empezando por el propio titular, en el que se agita el demagógico espantajo feminista del "machismo".

En el artículo, se hace amplio eco de diversas estadísticas referidas a la "violencia contra la mujer", ocultando cualquier mención a otros tipos de violencia doméstica, haciendo como si toda la violencia doméstica fuese "machista". Queda claro que se trata de un artículo sesgado por la ideología radical, y no de un artículo que pretenda una información objetiva.

Por otra parte, el artículo entrega las estadísticas con calculada mezcolanza de criterios, de forma que no haya forma humana de sacar una conclusión lógica de las cifras: los criterios se superponen unos a otros y al final no se pueden cotejar unas cifras con otras. Para intentar sacar algo en claro, creo que lo mejor es poner las cifras de forma más esquemática:

Por tipo de procedimiento:
- 27.371 diligencias previas
- 10.790 juicios rápidos
- 1.770 faltas
- 60 sumarios
- 6 jurados
- 39.997 (total sumando los anteriores)
- 38.227 total según la entradilla (¿y los 1.770 que faltan?)

Incoados y acabados en 2009:
- 15.541 maltrato ocasional
- 4.599 amenazas
- 2.473 maltrato habitual
- 1.931 lesiones
- 876 quebrantamiento de condena
- 25.420 (total sumando los anteriores)
- 27.308 total según el artículo (¿y los 1.888 que sobran? En este caso supongo que son categorías no desglosadas)

Sentencias en 2009:
- 3.590 condenas (39%)
- 3.282 acuerdo entre las partes (35,7%)
- 2.332 absoluciones (25,3%)
- 9.203 (total tanto según el artículo como sumando los anteriores)

Medidas de protección:
- 11.266 concedidas (88%)
- 1.546 denegadas (12%)
- 12.812 solicitadas (coincide con el total sumando los anteriores)

De las medidas de protección solicitadas (¿por qué se incluyen las no concedidas? ¿No se supone que se rechazan porque no hay razón para concederlas? ¿Qué aportan a la estadística?):
- 31% de alejamiento
- 69% de protección


De aquí me surgen varias reflexiones y dudas:

1.- Se ha denunciado en diversas ocasiones que la famosa ley ZP discrimina al hombre y favorece a la mujer, que los fiscales actúan con más saña contra los hombres que contra las mujeres, que los jueces sentencian con más saña contra hombres que contra mujeres (máxime al establecerse una via judicial específica para este tipo de casos, lo que provoca el establecimiento de un prejuicio contra el acusado), que la falsa denuncia de una mujer contra un hombre sale gratis, que se ocultan por el ministerio del Interios las estadisticas de hombres muertos a manos de sus mujeres y que, en definitiva, se viola sistemáticamente la presunción de inocencia de los hombres en este tipo de procedimientos.

2.- Esta flagrante indefensión del hombre denunciado debe, por fuerza, mover a la búsqueda de soluciones intermedias que, aun siendo injustas, resulten menos gravosas para el acusado. De ahí que es muy probable que en la mayoría de juicios que finalicen con acuerdo entre las partes, el hombre sea inocente pero acepte ese acuerdo injusto para evitar un juicio en el que muy probablemente se van a violar sus derechos: el hombre inocente llegará a juicio cuando estime que tiene pruebas exculpatorias contundentes.

3.- Es decir, que en el 61% de sentencias, el acusado no es condenado o hay acuerdo entre las partes, caso en el que es probable que el hombre sea inocente. Y "casualmente" no aparece la estadística de causas archivadas por la inconsistencia de la acusación. Sería muy interesante tener ese dato, pero no podemos olvidar que las falsas acusaciones hay que taparlas como sea.

4.- Además, hablamos de 40.000 procedimientos, no de 9.200. ¿Qué pasa con los 30.800 restantes? ¿Tal vez han sido sobreseidos? ¿Por qué no hay esa estadística? Lo dicho: se desglosa por tipo de procedimiento, por tipo de acusación... pero no por tipo de resolución. ¿en cuántos casos el acusado ha salido libre de polvo y paja y en cuántos no?.

5.- Comparo los datos de medidas de protección y las de sentencias y me encuentro con que se adoptan medidas en un 88% de casos, pero que los juicios finalizan con absolución o acuerdo entre las partes en un 61% de casos. No me cuadra: ¿son peligrosos el 88% de acusados o sólo el 39%? ¿No se estarán adoptando medidas de protección injustas en un 49% de casos, es decir, la diferencia entre ambas cifras?


Verdaderamente, en este abyecto y calculadamente confuso y sesgado baile de cifras se aprecia la malicia, sea de la fiscalía que emitió el informe, de Pedro de Tena que redacta el artículo, o de ambos (bueno, también queda patente la injusticia de la inconstitucional Ley ZP para la Violencia contra el Hombre cuando se ve que hay más procedimientos puestos en marcha por delitos que por faltas, cuando es de cajón que siempre se van a cometer más actos leves que graves).

Se hace bueno el dicho: "hay muchas categorías en la mentira: están las mentirijillas, las mentiras, las grandes mentiras y, finalmente, las estadísticas".

¿Por qué se pretende que "acusar injustamente a entre el 25% y el 61% de hombres", que "adoptar medidas de protección injustas en un 40% de ocasiones", que "poner en marcha 30.800 procedimientos injustificados contra hombres"... es calificable como que "el machismo no cesa en Andalucía"? Es el feminismo el que no cesa en su injusticia.

Un saludo.

PD: ¿Qué tal si además adjuntan un enlace al famoso informe de la fiscalía, para poder ver lo que pone en la fuente de los datos de la noticia? Se supone que la memoria de la fiscalía es un documento público que debe estar disponible para su acceso a través de internet. ¿O es que "no interesa" que se puedan cotejar los datos y ver lo que el artículo oculta? (lo digo porque me está costando encontrarlo via buscador)

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