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LIBERTAD DIGITAL 2012-01-16
Según informa El Mundo este lunes, esta semana se cumple un mes desde que los abogados de Jamal Zougam, desde después del juicio en la Audiencia Nacional, presentaran en los juzgados de Plaza de Castilla una querella por falso testimonio contra las testigos rumanas cuyas declaraciones afianzaron la versión oficial y por el que fue condenado como único autor material de la masacre.
En este sentido, según el Código Penal el delito de falso testimonio prescribe a los cinco años de haberse cometido. Sin embargo, las testigos rumanas comparecieron en el juicio el 13 de marzo de 2007 por lo que ese mismo día de 2012, en apenas dos meses, se extinguirá su posible responsabilidad. Y es por tanto la última oportunidad de Zougam de que le revisen la condena. Sin embargo, la juez a la que le ha correspondido la causa aún no ha tomado ninguna decisión.
Hay que recordar que la "principal prueba de cargo" contra Zougam fue el testimonio de las dos testigos que en el juicio dijeron que iban juntas en los trenes pese a las múltiples contradicciones que manifestaron en su comparecencia.
El diario de Unidad Editorial informó en su momento que una de las dos rumanas, conocida como la testigo J-70 no acudió a identificarle hasta que no había pasado casi un año desde el atentado y curiosamente quince días después de que los técnicos del Ministerio de Interior la descartasen como víctima ya que ni siquiera creían que fuera en los trenes. Pero tras acusar a Zougam fue incluida inmediatamente en el listado de víctimas y recibió una indemnización de 48.000 euros.
La testigo C-65 afirmó en su primera declaración ante la Policía que quien le acompañaba en los trenes era otra mujer distinta a la testigo J-70 y que esa persona identificó en fotografías a Zougam aunque en el sumario no aparece ni rastro. El marido de C-65 cobró una indemnización cómo víctima de otro tren y su hermano lo intentó, pero fue descartado.
COMENTARIOS
COMENTARIOS
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Orinoco dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 18:24:07:
Dejará pasar tres meses y luego archivará el caso por haber prescrito. Así continuará sin hacerse justicia, que es lo que se prentende.
punt dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 12:36:27:
La cuestión estriba en el cambio impuesto por el TC en cuanto a cómo se entiende la prescripción de un delito, cambio que se operó con motivo del caso Urbanor.
Con la doctrina anterior, razonable, el plazo de prescripción se interrumpía en el momento de la presentación de una denuncia o querella (según esta doctrina, la prescripción debería haberse interrumpido puesto que "esta semana se cumple un mes desde que los abogados de Jamal Zougam (...) presentaran en los juzgados de Plaza de Castilla una querella por falso testimonio contra las testigos rumanas")
La nueva doctrina, por el contrario, establece que la prescripción sólo se interrumpe por la acción del juzgado, de modo que se deja al arbitrio del juez el no actuar ante una denuncia o querella presentada en tiempo y forma y, con ello, dejar prescribir el asunto (en lo que provoca una clara indefensión del denunciante).
Cito artículo de 26 de febrero de 2008:
"La resolución del TC modificó el criterio sobre prescripción que había prevalecido en el Tribunal Supremo y que establece que la presentación de una denuncia o querella sirve para considerar interrumpido el plazo de prescripción de un delito. El TC estableció, sin embargo, que no basta interponer una querella o denuncia para interrumpir el plazo de prescripción, sino que "se hace necesario que concurra un acto de intermediación judicial", lo que aplica en la sentencia de "los Albertos"."
http://www.libertaddigital.com/economia/el-supremo...
De aquellos polvos vienen estos lodos: gracias a esta doctrina aberrante e inicua, ahora puede el juez, sólo mirando hacia otro lado, provocar la indefensión de Zougam:
"es por tanto la última oportunidad de Zougam de que le revisen la condena. Sin embargo, la juez a la que le ha correspondido la causa aún no ha tomado ninguna decisión."
Con la doctrina anterior, la prescripción ya se habría interrumpido.
Un saludo.
Con la doctrina anterior, razonable, el plazo de prescripción se interrumpía en el momento de la presentación de una denuncia o querella (según esta doctrina, la prescripción debería haberse interrumpido puesto que "esta semana se cumple un mes desde que los abogados de Jamal Zougam (...) presentaran en los juzgados de Plaza de Castilla una querella por falso testimonio contra las testigos rumanas")
La nueva doctrina, por el contrario, establece que la prescripción sólo se interrumpe por la acción del juzgado, de modo que se deja al arbitrio del juez el no actuar ante una denuncia o querella presentada en tiempo y forma y, con ello, dejar prescribir el asunto (en lo que provoca una clara indefensión del denunciante).
Cito artículo de 26 de febrero de 2008:
"La resolución del TC modificó el criterio sobre prescripción que había prevalecido en el Tribunal Supremo y que establece que la presentación de una denuncia o querella sirve para considerar interrumpido el plazo de prescripción de un delito. El TC estableció, sin embargo, que no basta interponer una querella o denuncia para interrumpir el plazo de prescripción, sino que "se hace necesario que concurra un acto de intermediación judicial", lo que aplica en la sentencia de "los Albertos"."
http://www.libertaddigital.com/economia/el-supremo...
De aquellos polvos vienen estos lodos: gracias a esta doctrina aberrante e inicua, ahora puede el juez, sólo mirando hacia otro lado, provocar la indefensión de Zougam:
"es por tanto la última oportunidad de Zougam de que le revisen la condena. Sin embargo, la juez a la que le ha correspondido la causa aún no ha tomado ninguna decisión."
Con la doctrina anterior, la prescripción ya se habría interrumpido.
Un saludo.
colimbo dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 11:32:43:
Como se le ocurra a la Juez dejar que prescriba el delito de falso testimonio.
es para que caiga sobre ella todo el peso de la Ley....si es que éste
Gobierno .no tiene lo que debiera de tener(sic) ,y si no, que se vaya
al "güano" y por este orden:la Juez,la Justicia,el Gobierno y este miserable
País que es lo que quedaría convertido el mismo.
es para que caiga sobre ella todo el peso de la Ley....si es que éste
Gobierno .no tiene lo que debiera de tener(sic) ,y si no, que se vaya
al "güano" y por este orden:la Juez,la Justicia,el Gobierno y este miserable
País que es lo que quedaría convertido el mismo.
Mariya dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 10:40:29:
¿Cómo puede ser que en este país prescriban delitos de sangre, terrorismo, violaciones y otros relacionados con su investigación?
pilot dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 10:18:30:
¿Por qué tantísimo miedo a investigar el 11M? ¿Qué ocurrió allí tan terrible para que haya ese terror a que se descubra la verdad?
Y esto por parte de todos los políticos, de derecha, de izquierda...
¿A que teme el PP para no entrar a "saco" en este tema y que se sepa la verdad?
Y esto por parte de todos los políticos, de derecha, de izquierda...
¿A que teme el PP para no entrar a "saco" en este tema y que se sepa la verdad?
gracian dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 10:10:27:
A ver. Escrito recordatorio al juzgado competente ya. Copia de la querella y el escrito recordatorio a la Fiscalía general del Estado en unión de otro escrito que ponga de manifiesto la urgencia en la tramitación de la causa con una solicitud expresa de práctica de diligencias por el fiscal.
O bien entender el silencio como inadmisión a trámite de forma tácita la querella y formular recurso de apelación ante la Audiencia para que la admita per saltum.
Pero llorar, no
O bien entender el silencio como inadmisión a trámite de forma tácita la querella y formular recurso de apelación ante la Audiencia para que la admita per saltum.
Pero llorar, no
Montesin dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 09:40:05:
Y que pasa, que no hay nadie que se lo "recuerde" oficialmente?
Porque si alguien lo hace y aún así no adopta las medidas necesarias para evitarlo, el juez podría ser formalmente acusado de PREVARICACIÓN, DEJACION DE FUNCIONES y OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA.
A qué esperan?
Porque si alguien lo hace y aún así no adopta las medidas necesarias para evitarlo, el juez podría ser formalmente acusado de PREVARICACIÓN, DEJACION DE FUNCIONES y OBSTRUCCIÓN A LA JUSTICIA.
A qué esperan?
prusadir dijo el día 16 de Enero de 2012 a las 09:10:46:
No olvidaremos lo inolvidable. Que pasa ¿que esta juez es de la "cuerda" del faisan?. No se explica que no se investiguen las inmoralidades cometidas en el 11M. Esta visto que la justicia necesita un reciclaje a fondo.
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