lunes, 10 de diciembre de 2012

CATALUÑA: QUE LEYES INCUMPLE LA INMERSIÓN


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SOCIEDAD / EDUCACIÓN

Las sentencias que obligan a Cataluña a ofrecer enseñanza en castellano

 / . La Generalitat ignora sistemáticamente las resoluciones judiciales que reconocen «idéntico derecho» a utilizarlo como lengua vehicular. La reforma educativa busca que se cumplan
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1 -

Tribunal Constitucional

La sentencia 31/2010 sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña reconoce el mismo derecho a emplear el castellano como lengua vehicular que en el caso del catalán
2 - 

Tribunal Supremo

En la sentencia del 12 de junio de 2012, el Tribunal Supremo anula varios artículos del decreto que ordena el segundo ciclo de enseñanza infantil de la Conselleria de Ensenyament de la Generalitat, que definen el catalán como lengua normalmente usada como lengua vehicular en la enseñanza entre los tres y los seis años.
3 -
El Supremo rechaza en su sentencia que el castellano «quede reducido en su uso al de objeto de estudio de una asignatura más, sin que se haga efectiva su utilización como lengua docente y vehicular en la enseñanza».

4 -

Cumplimiento de garantías constitucionales

Según sostiene el Ministerio, corresponde al Estado velar por el respeto de los derechos lingüísticos en el sistema educativo y, en particular, «el de recibir enseñanza en la lengua oficial del Estado»; pues no cabe olvidar que el deber constitucional de conocer el castellano (artículo 3.1 de la Constitución española) presupone la satisfacción del derecho de los ciudadanos a conocerlo a través de las enseñanzas recibidas en los estudios básicos (STC 337/1994, FJ 10).
5 - 
La LOE contempla que corresponde al Estado la alta inspección educativa, para garantizar el cumplimento de las facultadesque le están atribuidas en materia de enseñanza y la observancia de los principios y normas constitucionales aplicables y demás normas básicas que desarrollan el artículo 27 de la Constitución.










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