Nuevo golpe judicial a los embargos hipotecarios
El juzgado hace alusión a que las entidades incluyen las viviendas en sus balances con su valor de tasación y no con el de la adjudicación en subasta.
(Volver)
Bender76 dijo el día 16 de Febrero de
Hmmm,
querido computador
HAL 9000,
creo que te equivocas.
Si el banco
NO acepta
la dación en pago,
lo haces consignando
el mismo en el juzgado,
para lo cual
NO es necesario
que vayas con un abogado.
Ahora bien,
como en todo lo demás,
siempre es bueno consultar
a un profesional en la materia,
que evidentemente va a exigir
sus honorarios,
como todos los profesionales.
(¿O tú no pagas al médico que te atiende
y te diagnostica?
Y si no puedes pagarlo,
vas a
Pues lo mismo con
Pides que te designen un abogado del turno
y solicitas el beneficio de justicia gratuita.
Como
pero para litigios)
No hay comentarios:
Publicar un comentario