jueves, 9 de febrero de 2012

GARZÓN SENTENCIADO CON FRASES DEMOLEDORAS

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ETA

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El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero está escribiendo dos libros especializados en materia económica.

PERO NO SE PRESENTÓ
Las clases de economía mejor aprovechadas de la historia.
Parece ser que las lecciones de economía
en 
"dos tardes"que le recomendó
el responsable económico del PSOE,
Jordi Sevilla,
al expresidente del Gobierno
José Luis Rodríguez Zapatero
han dado sus frutos.
Es que no se presento porque además de un inepto total, era un vago
y total, para destruir España tampoco necesitaba saber tanto
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El hundimiento TOTAL de la España que odiaba y seguirá odiando
JOER, JOER, JOER

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PSOE
¿100 AÑOS DE HONRADEZ?
¡Ni 100 minutos seguidos!
© Arturo Álvarez Martínez – 2008
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PSOE
¿100 AÑOS DE HONESTIDAD?
¡Ni 100 minutos seguidos!
© Arturo Álvarez Martínez – 2008
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PSOE
¿100 AÑOS DE HONESTIDAD?
RESTANDO LOS 40 DE FRANCO© Arturo Álvarez Martínez – 2012
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Amaneceres desde puerto Picao, JEREZ de la FRONTERA

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No hay pan para tanto Chorizo
HTTP://MAREMAGNUMDEQUISICOSILLAS.BLOGSPOT.COM.ES/2011/06/CONSCONS-NO-HAY-PAN-PARA-TANTO-CHORIZO.HTML
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1000 MANDAMIENTOS DEL PSOE PSOE
http://maremagnumdequisicosillas.blogspot.com.es/2011/06/conscons-2-los-1000-mandamientos-del.html-
PSOE
¿100 AÑOS DE HONRADEZ?
¡Ni 100 minutos seguidos!
© Arturo Álvarez Martínez – 2008
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PSOE
¿100 AÑOS DE HONESTIDAD?
¡Ni 100 minutos seguidos!
© Arturo Álvarez Martínez – 2008
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20 - MENTIRAS PODRIDAS DEL PSOE: (2850 AL 3.000 Y PICO)
http://www.blogger.com/blogger.g?blogID=3693644600973564161#editor/target=post;postID=7636703998524824560

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SI LA VERDAD 
NOS HACE LIBRES
¿POR QUÉ ZAPATERO
NO ESTA ENCARCELADO?
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No hay pan para tanto Chorizo
HTTP://MAREMAGNUMDEQUISICOSILLAS.BLOGSPOT.COM.ES/2011/06/CONSCONS-NO-HAY-PAN-PARA-TANTO-CHORIZO.HTML
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1000 MANDAMIENTOS DEL PSOE PSOE
http://maremagnumdequisicosillas.blogspot.com.es/2011/06/conscons-2-los-1000-mandamientos-del.html
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PSOE
¿100 AÑOS DE HONRADEZ?
¡Ni 100 minutos seguidos!
© Arturo Álvarez Martínez – 2008
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PSOE
¿100 AÑOS DE HONESTIDAD?
¡Ni 100 minutos seguidos!
© Arturo Álvarez Martínez – 2008
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20 - MENTIRAS PODRIDAS DEL PSOE: (2850 AL 3.000 Y PICO)

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SI LA VERDAD 
NOS HACE LIBRES
¿POR QUÉ ZAPATERO
NO ESTA ENCARCELADO?
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SI LA VERDAD
NOS HACE LIBRES
¿POR QUÉ ZAPATERO

NO ESTA ENCARCELADO?

¿Y Contando nubes?
¿O MENTIRAS?
¿O CUENTOS?

POR MENTIROSO

16

15

14

13

12

11

10

+
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NOTA :
Zapatero es tan listo que no sabe para lo que sirve un paraguas.
Bueno, si que lo sabe, en el contexto de lluvia.
Pero si lo trasladamos al concepto de crisis, Zapatero si sabía que estábamos en CRISIS, pero debía ocultarlo a los españoles para poder ganar las elecciones de 2008, que sí ganó, pero a base de MENTIRAS, algunas tan gordas que nos han metido en la UVI en la que estamos.
Por eso ha Zapatero HAY QUE METERLO EN LOS JUZGADOS y que los jueces decidan si es merecedor de ir a la cárcel o no.
Eso es DEMOCRACIA PURA y DURA
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Y esto tampoco tiene desperdicio

MORIR, ANTES, PORQUE ZAPATERO OCULTÓ LA CRISIS PARA GANAR UNAS ELECCIONES Y NOS LLEVÓ DONDE ESTAMOS

También se le podría meter en el juzgado por esto y que los jueces decidan
¿Los que han muerto antes DE TIEMPO
por causa de la CRISIS,
se lo podrían achacar a ZAPATERO,
como a Franco
se le atribuyen,
de parte del PSOE
los fusilados
por toda España?
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1))) -
CRISISyPAROyMALNUTRICIÓNyENFERMEDADySUICIDIO 


ZAPATERO Y EL PSOE HACEN AUMENTAR 
EL CONSUMO DE DEPRESIVOS 
UN 16%.
¿Y QUE MÁS?
CRISIS

1 - OJO que muerde, porque el hambre y el paro matan
Crisis Paro, Malnutrición, Enfermedades y suicidios

2 - OJO que el paro enferma y mata
Crisis Paro y Enfermedades
3 - OJO que el que la escondió debe SER culpable de todo
Crisis y Paro

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-DECIRLE A GUERRA QUE
MONTESQUIEU HA VUELTO
 
LO TRAJO GARZÓN 



Garzón 2012-02-09

El Guantánamo procesal

&quote&quoteIncluso en los casos de terrorismo se tiene que concretar la limitación de derechos, para no afectar al núcleo de la libertad de defensa, intocable en un Estado de Derecho

"Las comunicaciones de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales y con los procuradores que lo representen se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial y en los supuestos de terrorismo", dice el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Por incumplir este precepto, tan sencillo y claro, ha sido juzgado y condenado Garzón; por autorizar la grabación de unas conversaciones que la ley citada más arriba no permite, salvo en casos de terrorismo, y el caso Gürtel no parece que sea un caso de terrorismo.

A partir de ahí, el Código Penal recoge, en su artículo 446, "la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años, cuando dictara (juez o magistrado) cualquier otra sentencia o resolución injustas".
Esta sanción de inhabilitación especial es explicada en el mismo Código Penal, en su artículo 42, cuando dice "la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público produce la privación definitiva del empleo o cargo sobre el que recayere, aunque sea electivo, y de los honores que le sean anejos. Produce, además, la incapacidad para obtener el mismo u otros análogos, durante el tiempo de la condena. En la sentencia habrán de especificarse los empleos, cargos y honores sobre los que recae la inhabilitación".
Pero, mencionados estos preceptos, lo importante es destacar que el Estado de Derecho tiene como uno de sus pilares la libertad de defensa, una libertad de defensa que implica que el abogado puede hablar con su defendido en privado en el caso de que se encuentre privado de libertad, con la única excepción del terrorismo. De otra forma, no se entendería la claridad del precepto citado anteriormente. Otra interpretación de la Ley Orgánica General Penitenciaria sería impensable, por la propia claridad del precepto ya indicado.
Además de ello, en el ámbito penal, cualquier interpretación debe ser restrictiva frente a una limitación de derechos, como es el de defensa. Por ello, incluso en los casos de terrorismo se tiene que concretar esta limitación de derechos, para no afectar al derecho de defensa –intocable en un Estado de Derecho– y sí, en cambio, a la posible comisión de otros delitos de terrorismo, cuestión distinta al ejercicio del derecho de defensa, amparándose en el ejercicio de la abogacía y en la defensa del imputado.
Todo ello lleva a que cualquier interpretación amplia de la Ley Orgánica General Penitenciaria no puede entenderse más que como una defensa de una forma de hacer justicia propia de un régimen sin libertades, en donde no importan los límites sobrepasados, olvidando que son esos límites los que dan fortaleza al Estado de Derecho.
La sentencia de este 9 de febrero de la Sala II del Tribunal Supremo nos recuerda estos límites.

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