lunes, 3 de agosto de 2009

19 - TSJV ARCHIVA

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Vistos los artículos citados y demás de general aplicación,

LA SALA DECIDE:

1.º) Desestimar la petición de nulidad de actuaciones formulada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Pilar Palop Folgado, en representación del Muy Honorable Señor Presidente de la Generalitat Valenciana D. Francisco Enrique Camps Ortiz.

2.º) Desestimar el recurso de apelación interpuesto por el procurador D. Juan Antonio Ruiz Martin, en representación de D. Ángel Luna González, D. Joaquín Puig Ferrer, Dña. Carmen Ninet Peña y Dña. Cristina Moreno Fernández, todos ellos Diputados del Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes Valencianas, personados en el concepto de acusación popular, al que se adhirió parcialmente el Ministerio Fiscal y que es impugnado por las defensas, contra el Auto de fecha 6 de julio de 2009, dictado por el Iltmo. Sr. Magistrado Instructor en las Diligencias Previas 2/2009 tramitadas ante esta Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, con imposición del pago de las costas del citado recurso de apelación a dicha parte acusadora popular.

3.º) Desestimar el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal, al que se adhirió la acusación popular e impugnaron las defensas, contra el citado Auto de fecha 6 de julio de 2009, dictado por el Iltmo. Sr. Magistrado Instructor en las Diligencias Previas 2/2009 tramitadas ante esta Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, sin especial imposición del pago de las costas generadas por el citado recurso de apelación.

4.º) Desestimar los recursos de apelación interpuestos por las representaciones procesales de los imputados en este procedimiento (la del Muy Honorable Señor Presidente de la Generalitat Valenciana D. Francisco Enrique Camps Ortiz, del Ilustre Señor Diputado de las Cortes Valencianas D. Ricardo Costa Climent, ambos aforados a éste Tribunal, así como las otras dos personas también imputadas no aforadas ante el mismo, Honorable Señor D. José Víctor Campos Guinot, y D. Rafael Betoret Parreño), respecto de la solicitud principal de sobreseimiento libre interesada al amparo del apartado primero del artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

5.º) Estimar dichos recursos de apelación interpuestos por las representaciones procesales de los imputados en este procedimiento (la del Muy Honorable Señor Presidente de la Generalitat Valenciana D. Francisco Enrique Camps Ortiz, del Ilustre Señor Diputado de las Cortes Valencianas D. Ricardo Costa Climent, ambos aforados a éste Tribunal, así como las otras dos personas también imputadas no aforadas ante el mismo, Honorable Señor D. José Víctor Campos Guinot, y D. Rafael Betoret Parreño), en lo relativo a su petición subsidiaria, y en consecuencia, se acuerda el sobreseimiento libre de todos ellos por no ser los hechos constitutivos de delito, de conformidad con el apartado segundo del artículo 637 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin especial imposición de costas a ninguna de las partes recurrentes.

6.º) Librar testimonio de la presente resolución para su remisión a las Diligencias Previas 2/09, y al Procedimiento ante el Tribunal del Jurado 1/2009.

Notifíquese al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, instruyéndoles de que respecto del pronunciamiento de sobreseimiento libre realizado en la presente resolución al estimarse en parte los recursos interpuestos por las partes imputadas, puede interponerse recurso de casación dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente y cumpliendo las prescripciones señaladas en los artículos 855 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin que proceda recurso alguno respecto de las desestimaciones de los recursos interpuestos por las acusaciones.

Llévese certificación de la presente al Rollo.

Así lo disponemos, mandamos y firmamos.

Doy fe.

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