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Cortoletraje
Introito
En las subastas judiciales se venden los bienes embargados a deudores para conseguir, de esta forma, liquidez para pagar a sus acreedores.
Son realizadas por los juzgados a través de las denominadas Unidades de Subastas.
Riesgo y Morosidad explica cómo sacarles partido.
http://www.libertaddigital.com/profesionales/como-recuperar-su-dinero-en-las-subastas-judiciales-de-bienes-embargados-1276356529/
Comentarios ld
LD
(Libertad Digital) Las subastas judiciales están reguladas por la Ley de Enjuiciamiento Civil y en ellas se podrán subastar todos los bienes y derechos embargados: bienes inmuebles: Pisos, chalets, oficinas, solares, etc, y bienes muebles: Maquinarias, muebles, obras de arte, coches, motos, vehículos industriales, etc.
Para poder pujar en las subastas, los interesados deberán cumplir tres requisitos: Identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar el resguardo de haber realizado el depósito correspondiente (o haber presentado un aval bancario) en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del juzgado. El importe de este depósito será del 20% del valor tasado de los bienes mobiliarios y del 30% para los inmobiliarios
El acreedor también podrá formar parte de la subasta, siempre y cuando haya más licitadores, y podrá mejorar las pujas que hagan éstos. Además, no tendrá que depositar la fianza para poder pujar.
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