miércoles, 28 de marzo de 2012

UGT, CCOO Y HUELGA, PERO SI QUIERES TRABAJAR, TRABAJA



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1000 MANDAMIENTOS DEL PSOE PSOE
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20 - MENTIRAS PODRIDAS DEL PSOE: (2850 AL 3.000 Y PICO)
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19- MENTIRAS PODRIDAS DEL PSOE (2.700 AL 2850) - L...

18- MENTIRAS PODRIDAS DEL PSOE (2.550 AL 2.700) - ...

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escrivá de balaguer
13:14 | 28 de marzo, 2012
cada despido improcedente por la huelga denuncia al día siguiente, lo mismo sacais para no trabajar durante unos años
 lopez89
13:18 | 28 de marzo, 2012
evidentemente, los moviles tambien sirven para ver qué trabajadores están de acuerdo con la reforma (van a trabajar), quienes están coaccionados para ir a trabajar y las actuaciones policiales. todo esto lo podra ver todo el mundo
 .tiodelavara.
13:19 | 28 de marzo, 2012
ruego a la gaceta me permita repetir durante el día de hoy este post en todas las noticias relacionadas con la huelga
es importante que los trabajadores de una empresa que quieran trabajar hoy mismo se pongan de acuerdo para acudir todos juntos al trabajo mañana.
es importante entrar a la empresa todos juntos y gravando con teléfonos móbiles.
mostrar a los jefes y a los empresarios lo que habeis grabado si os agreden y extorsionan los piquetes coercitivos..
mañana es un gran día para los empresarios, si estaban pensando en despedir a alguien en su empresa ya tienen la escusa.
¡¡¡¡ empresarios ¡¡¡¡
¡¡¡¡ a despedir gratis ¡¡¡¡
¡¡¡¡ despidos gratis total ¡¡¡¡
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art. 54 y 55 del estatuto de los trabajadores donde se regula el despido disciplinario
el despido disciplinario
el despido disciplinario es la extinción del contrato de trabajo por decisión del empresario motivada por un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del trabajador.
¿qué consecuencias tiene un despido disciplinario?
los despidos disciplinarios tienes dos consecuencias muy importantes:
supone no recibir indemnización y la empresa puede despedirte sin aviso previo.
es un despido procedente, por lo que no tienes derecho a cobrar ninguna indemnización.
las causas que pueden dar lugar al despido son las siguientes:
3.3ofensas verbales o físicas al empresario, a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
la ofensa verbal será toda expresión oral o escrita que suponga una ofensa moral para la persona que la recibe, y la ofensa física supondrá el ataque o agresión física de una persona a otra, realizada por el propio trabajador o sus familiares y por motivos laborales.
será irrelevante para que concurra esta causa de despido el que dichas ofensas se produzcan o no en centro de trabajo y durante la jornada laboral o fuera de ella.

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