-
El chivatazo a los extorsionadores etarras
en el bar Faisán
La Fiscalía ve el ‘soplo’ a ETA menos grave que el que una
mujer abra las cartas de su marido
El Ministerio Público solicita para la esposa
15 meses de prisión por revelación
de secreto
L.A., 26 de septiembre de 2011 a las 08:32
-
- José Blanco opina que "empieza a haber una indigestión de faisán para algunos"
- Luis Solana: "El Faisán es una campaña de Pedrojota Ramírez"
- Redoble de timbales en las cabeceras de El País y Público por el 'caso Faisán'
- El juez Ruz no se siente desautorizado y seguirá investigando el "caso Faisán"
- Caso Faisán. Guardias civiles reclaman que este cuerpo vuelva a investigar el chivatazo a ETA
Paradojas de la Justicia. La Fiscalía ha solicitado una pena de prisión de 15 meses para una mujer por abrir dos cartas que llegaron a nombre de su ex marido al domicilio conyugal tras el divorcio.
En cambio, para los presuntos autores del escándalo político-jurídico más grave de los últimos años, el chivatazo a ETA, el Ministerio Público tan sólo solicitaba una pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años por aplicación del artículo 415 del Código Penal.
Este suceso deja perplejo a cualquier ciudadano. Según publica el Diario de Navarra y como se comprueba en los hechos declarados probados por un juzgado de Pamplona, el matrimonio cesó la convivencia en 2004 y firmó el divorcio en 2006.
La primera carta llegó a finales de ese año, mientras que la segunda lo hizo en 2009.
Estas dos misivas, relativas a un plan de pensiones del ex marido, fueron aportadas años después en el juzgado cuando la pareja abordaba la liquidación de bienes.
Para la acusación, ambas cartas fueron abiertas por la mujer. Por estos presuntos hechos delictivos, el fiscal ha pedido 15 meses de cárcel, mientras que la acusación particular, representada por el ex marido, solicita dos años y medio de prisión.
Estos sucesos están tipificados en el artículo 197 del Código Penal que dice:
"El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos (...) será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses".
Infidelidad
En cambio, la Fiscalía, que está a las órdenes de su máximo representante, Cándido Conde-Pumpido, ha tipificado los hechos del soplo como un presunto delito de revelación de secretos que se tipifica en el artículo 415.
Dicho precepto establece:
"La autoridad o funcionario público que, a sabiendas y sin la debida autorización, accediere o permitiere acceder a documentos secretos cuya custodia le esté confiada por razón de su cargo incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a tres años".
Este artículo está insertado dentro de los delitos cometidos por los funcionarios públicos relativos a la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos.
Fuentes jurídicas consultadas por este diario no se explican cómo unos policías, que están imputados por la Audiencia Nacional por un presunto delito de revelación de secretos -y de colaboración con banda armada-tengan tan poca sanción penal.
Y es que no se da crédito a que unos policías, por su propia iniciativa o cumpliendo las órdenes recibidas de sus superiores jerárquicos, desbarataran una operación policial ordenada por el magistrado Grande-Marlaska, que tenía como objetivo desarticular la red de extorsión de ETA.
Revisión legislativa
Así las cosas, es patente la distinta vara de medir de la Fiscalía por su desproporción en la calificación de los hechos penales. En este sentido, sería bueno que el legislador hiciera una revisión a fondo de estos tipos delictivos.
Y es que llama poderosamente la atención que por abrir una carta, papel o correo electrónico privados se pidan varios años de prisión mientras que a policías que están al servicio del Estado para proteger a la sociedad y que han vulnerado las más elementales normas de seguridad en la custodia de secretos tan sólo se les ponga una multa.
-
-
No hay comentarios:
Publicar un comentario